La pena más alta es para Francesca Chaouqui. El periodista Fittipaldi absuelto por falta de pruebas
La oficina de la fiscalía del Estado de la Ciudad del Vaticano ha pedido al juez las penas para los imputados en el caso conocido por Vatileaks 2. El proceso, que inició en noviembre, está juzgando a cinco imputados por la filtración y publicación de documentos reservados de la Santa Sede.
De este modo, la imputada con una solicitud de pena mayor ha sido la relaciones públicas italiana Francesca Chaouqui, miembro de la extinguida comisión vaticana Cosea. Para ella se pide 3 años y 9 meses de reclusión, porque considerada inspiradora y responsable de las conductas juzgadas. Para monseñor Lucio Ángel Vallejo Balda, secretario de dicha comisión, considerado principal actor del delito, se pide 3 años y 1 mes de reclusión. Asimismo, para Nicolà Maio, secretario de monseñor Vallejo, considerado con un rol más limitado pero también partícipe del delito, se solicita un año y 9 meses de reclusión.
La situación de los dos periodistas imputados ha sido considerada diferente. Las fiscalía ha recordado que no eran procesados por la publicación de documentos, sino por la forma de adquirirlos. Así, para Gianluigi Nuzzi se ha pedido una condena de un año de reclusión, con suspensión condicional de la pena. Y Emiliano Fittipaldi ha sido absuelto por insuficiencia de pruebas.
La audiencia celebrada hoy, la 18º del proceso, ha durado en torno a dos horas en las que la fiscalía ha expuesto los argumentos y pruebas recogidas durante el proceso por las que han llegado a la solicitud de las penas. Los cinco imputados estaban presentes, incluida Francesca que llegó con su hijo, que nació el pasado 14 de junio.
A propósito de la pena de Francesca, la fiscalía ha quería subrayar su comportamiento censurable durante el proceso así como el haber culpado de todo a monseñor Vallejo sin asumir ninguna culpa. El sacerdote español sí reconoció en su interrogatorio en el juicio haber pasado documentos a los periodistas.
La fiscalía ha recordado hoy la diferencia entre los dos tipos de delitos juzgados. Chaouqui, monseñor Vallejo y Maio son procesados por “asociación criminal”, haciendo referencia a la “comisión en la sombra” que formaron de forma paralela a la Cosea, tal y como han indicado varios testigos interrogados durante el proceso. El objetivo de esta asociación sería recopilar documentación reservada para una posterior publicación. La divulgación de los documentos –según la fiscalía– se habría dado como un acto de “venganza” porque ni el monseñor español ni la relaciones públicas recibieron un cargo en el Vaticano una vez concluida la labor de la Cosea. El segundo delito, del que los cinco imputados han sido siendo procesados, es el de “divulgación de noticias” que atentan contra la seguridad del Estado.
A propósito de la jurisdicción, la fiscalía ha considerado que también si un extranjero cometiera delito contra la seguridad del Estado fuera del territorio, podría ser juzgado.
Finalizada hoy la requisitoria de la fiscalía, mañana se celebra otra audiencia con los alegatos de los abogados defensores. Previsiblemente, en la audiencia del miércoles podría llegar la sentencia del Tribunal.
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